Estas directrices se centran en las personas que han perdido su empleo o que corren el riesgo de perderlo a raíz de factores económicos, de la evolución de los procesos tecnológicos, del traslado de las unidades de producción o de cualquier otra causa, excepto una enfermedad o accidente (las pérdidas de empleo debidas a enfermedades se abordan en las Directrices de la AISS sobre el Regreso al Trabajo y la Reintegración. Las presentes directrices también están destinadas a los jóvenes solicitantes de empleo que no encuentran un puesto de trabajo inmediatamente después de finalizar sus estudios. Se presta una atención particular a las poblaciones más marginalizadas y vulnerables, como los desempleados de larga duración, los trabajadores poco cualificados, las personas con discapacidad, determinadas categorías de migrantes y los trabajadores extranjeros. Esto está directamente relacionado con el principio general de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas de no dejar a nadie atrás y supone adoptar medidas explícitas para acabar con la pobreza extrema, frenar las desigualdades, hacer frente a la discriminación y acelerar el progreso de los más rezagados.
Habida cuenta de la variedad de instituciones que intervienen, en las presentes directrices se emplea la expresión “instituciones competentes” para designar a las instituciones que cumplen una o varias funciones públicas de suministro de prestaciones, empleo o formación. Cuando participan tanto el consejo de administración como la dirección, se emplea el término “institución”.