Para estas directrices, la definición de gobernanza de las inversiones comienza con la descripción de los elementos clave de un sistema de adopción de decisiones y de supervisión utilizados para invertir los activos de un fondo. Posteriormente, la definición se extiende para definir la gobernanza de las inversiones, dado que esto se relaciona específicamente con la gestión de los fondos de reserva de las instituciones de seguridad social.
En la inversión institucional, la “gobernanza” describe el sistema de toma de decisiones y de supervisión utilizado para invertir los activos de un fondo. La responsabilidad de esta función reside en fiduciarios tales como el consejo de administración y la dirección que se enfrentan con asuntos de alto nivel (respecto de los cuales tendrán normalmente la responsabilidad) y más acciones de implementación detalladas (cuando es más probable que deleguen en otros y que la función de los fiduciarios se convierta en supervisión de esas acciones). La gobernanza de las inversiones, en síntesis, utiliza las capacidades, los recursos y los procesos para crear un valor para la institución de seguridad social.
Es limitado el número de conocimientos técnicos y de recursos financieros, el tiempo (tanto interno como externo) y la eficacia operativa del fondo que una organización puede dedicar al proceso de gobernanza. La cuantía de elementos que puede dedicarse a este proceso, es conocida como presupuesto de la gobernanza. La magnitud del presupuesto de la gobernanza, afectará al rendimiento esperado de la gobernanza. Una determinada magnitud del presupuesto de la gobernanza debería corresponderse con un estilo y una estrategia de inversiones adecuados. En la medida en que se disponga de más o menos aptitudes, recursos y procesos, el presupuesto de la gobernanza puede cambiar con el tiempo, con implicaciones para la probable rentabilidad de las inversiones.
En su versión más simple, un presupuesto de gobernanza adecuado es una condición previa para una efectiva estrategia de inversión, reconociendo los límites impuestos por la magnitud del fondo y por los recursos comprometidos, incluidos el tiempo y los conocimientos técnicos. De manera más general, el presupuesto de la gobernanza es también un instrumento estratégico enmarcado según las ambiciones de la institución inversora, en relación con su misión y sus objetivos de inversión a largo plazo.
El desafío de la gobernanza es mayor que el tratamiento de los asuntos genéricos que afectan a todas las organizaciones modernas. Las instituciones de seguridad social operan en mercados financieros globales en los que la gestión del riesgo y la incertidumbre son decisivas para la creación de un valor a largo plazo. La gobernanza puede generar y destruir un valor, dependiendo del presupuesto del riesgo y del presupuesto de la gobernanza. Las implicaciones de esta propuesta son dobles: en primer término, la asunción del riesgo contra objetivos bien definidos, es un ingrediente esencial de toda institución financiera bien dirigida; en segundo término, la medida en que la asunción del riesgo es una actividad deliberada y gestionada, depende del presupuesto de la gobernanza asignado a esta función dentro de la institución. Las entidades mal dirigidas raramente asumen la planificación del riesgo con seriedad y economizan equivocadamente en el presupuesto de la gobernanza, tratándolo –de manera incorrecta– como un gasto que limita la rentabilidad financiera neta.
Estas directrices sobre inversiones comprenden todos los aspectos relacionados con el proceso progresivo de gobernanza que una institución ha de considerar. Sin embargo, podemos identificar cuatro etapas clave y amplias para el propio proceso de la inversión. Estas cuatro etapas, brevemente resumidas más adelante y desarrolladas en las directrices individuales, se relacionan con: las decisiones relativas a la estrategia de las inversiones; la construcción de una cartera idónea basada en esta estrategia; la implementación de la estrategia; y la supervisión y presentación de informes del proceso.
Está bien documentado que la asignación estratégica de activos de un inversor explica la mayor parte de la rentabilidad. Es, por consiguiente, una parte esencial del proceso de inversiones para que esta asignación sea concienzudamente estructurada y claramente definida. La asignación estratégica de los activos, es de largo plazo en su naturaleza y debería reflejar las convicciones en materia de inversiones de la institución inversora, la misión y los objetivos de las inversiones, el presupuesto del riesgo, los objetivos de la rentabilidad, las responsabilidades y la política de financiación, la tolerancia del riesgo y la medida en que éstos pueden recibir el impacto o verse limitados por factores no financieros. La tolerancia del riesgo deberá incluir una consideración de la probable correlación entre el bienestar financiero del último patrocinador (el gobierno/el cotizante) y los eventos que pueden producir una caída en los activos de la institución de seguridad social. Además de construir una asignación estratégica de activos, una revisión de la estrategia de inversiones puede incluir la modelización de los activos/pasivos (cuando las responsabilidades pueden ser la inflación vinculada, por ejemplo), las pruebas de resistencia en áreas clave de riesgo para identificar las principales exposiciones al riesgo, y las reflexiones sobre la diversificación y la cobertura de riesgos seleccionados.
La construcción de la cartera es la primera medida en la implementación de una asignación estratégica de activos de la institución inversora. El objetivo de la construcción de la cartera es traducir con eficiencia las metas de la asignación estratégica de activos en decisiones en materia de inversión. Este proceso incluye la consideración de la misión de las inversiones, la convicción en materia de inversiones, el presupuesto de la gobernanza, el objetivo de rentabilidad y el correspondiente presupuesto de riesgo, las opciones de inversión disponibles y los requisitos de liquidez. La cartera deberá estar suficientemente diversificada, utilizando marcos tales como la clase de activos, la región geográfica, las primas de riesgo y, posiblemente, las inversiones temáticas. La cartera debería construirse utilizando las posibilidades de inversión más eficientes disponibles para obtener la rentabilidad esperada y los objetivos del riesgo. Los riesgos deberán identificarse y los análisis deberán efectuarse en relación con la manera de gestionar (o “cubrir”) los riesgos que se consideran “no recompensados”. Las consideraciones en materia de liquidez y el presupuesto de la gobernanza deberán participar en la determinación de si la utilización de derivados constituye un enfoque idóneo para la gestión del riesgo. Los riesgos “extremos” o “de suceso extremo” que el consejo de administración ha identificado como pertinentes cuando estableció la estrategia de inversiones, deberá evaluarse en el contexto de la construcción de la cartera. La construcción de la cartera puede ser dinámica, mediante la reconsideración de la asignación del activo, a la luz de las condiciones cambiantes del mercado. Unas convicciones en materia de inversiones claramente definidas y compartidas, o unas hipótesis de trabajo acerca de la manera en que funciona el mundo de las inversiones, pueden mejorar la eficiencia de la toma de decisiones para la construcción de la cartera.
La implementación se refiere a la aplicación de las decisiones adoptadas en materia de inversiones en la construcción de la cartera, mediante la selección de inversiones específicas. La institución inversora deberá considerar sus conocimientos técnicos y la capacidad de gobernanza cuando elige si gestiona los activos a través de una unidad de inversión interna, a través del nombramiento de administradores de fondos externos, o en colaboración con un asesor de inversiones externo. Si han de seleccionarse administradores de fondos externos, la institución inversora deberá contar con los recursos, los conocimientos técnicos y el presupuesto de gobernanza requeridos para investigar, seleccionar y supervisar de manera adecuada a los administradores “mejores en su categoría” o nombrar a un asesor de inversiones externo que tenga la capacidad de hacerlo. La implementación también deberá destacar la selección de inversiones con una eficiencia máxima. Esto incluye la evaluación del valor frente al costo de cada inversión seleccionada cuando se construye una cartera. El valor refleja el grado en el que se logra el objetivo de la inversión. El costo está a menudo representado por las comisiones del gestor de las inversiones, que pueden ser un lastre significativo para rentabilidad bruta. Los acuerdos sobre la custodia y la transición de los activos son también consideraciones clave cuando se implementa una estrategia de inversión.
La medición y la supervisión regulares de los riesgos clave son esenciales para permitir que la institución inversora adopte decisiones oportunas y fundamentadas, y en última instancia, impulsará una gestión de sus activos más eficiente. El consejo de administración y la dirección deberán contar con métricas clave disponibles, como la distribución general de los activos relativa a las asignaciones estratégicas, el rendimiento y el riesgo de la cartera general y sus gestores subyacentes, así como unas revisiones cualitativas de los gestores de fondos externos y de los mercados y la economía globales.
La capacidad de la institución inversora de gestionar la estrategia de la inversión, depende en términos de dinamismo de contar con un método sólido de supervisión de los progresos frente a la estrategia de largo plazo y al nivel de riesgo inherente a la cartera. Si bien la estrategia de inversión se establece, en general, para el largo plazo, hay momentos en que pueden efectuarse asignaciones dinámicas o tácticas para que reflejen las actuales oportunidades o amenazas del mercado.
Estas directrices de inversiones reflejan los asuntos específicos relacionados con la gestión de los fondos de reserva de las instituciones de seguridad social. Reflejan el hecho de que los objetivos vinculados con la inversión de estos fondos en general difieren, a menudo de manera significativa, de los objetivos de inversión de las prestaciones complementarias (con frecuencia conocidas como prestaciones del Pilar II). Sin embargo, muchos de los principios de buena gobernanza de las inversiones –como unas estructuras adecuadas, la adopción de decisiones y la revisión por homólogos, la consideración del riesgo, la presentación de informes, etc.–, se aplican tanto a los fondos de reserva de la seguridad social como a la concesión de las pensiones complementarias.
Estas directrices, no obstante, sí reflejan específicamente las diferencias entre el otorgamiento de pensiones por la seguridad social y otros tipos de concesión de pensiones, cuando esto ejerce un impacto en los procesos y las estructuras de la gobernanza. Las diferencias fundamentales son las siguientes:
- Financiación de las prestaciones. Mientras que los acuerdos del Pilar II se requieren generalmente para apuntar a la capitalización total (cuando el valor presente del pasivo está cubierto en su totalidad por activos), los fondos de reserva de la seguridad social tienen a menudo diferentes objetivos de inversiones. Esto refleja el hecho de que tales fondos se establecen con frecuencia por diferentes razones que no son las relativas a la financiación de las prestaciones (por ejemplo, flexibilizar los futuros requisitos de flujo de efectivo) y de que el Estado a menudo actúa como “prestamista de última instancia” para la seguridad social. Por consiguiente, la mayoría de los sistemas de seguridad social son, en general, de capitalización parcial. Esta situación tiene implicaciones en la elección de las inversiones y puede dar lugar a más restricciones onerosas de flujo de efectivo para los fondos de reserva, debido al nivel más bajo de activos mantenido. Además, y de manera más general, es más probable que los objetivos de financiación sean diferentes para los fondos de reserva y que puedan centrarse en la capacidad de cumplir con los requisitos de flujo de efectivo (por ejemplo, puede requerirse que el fondo mantenga unos activos al menos iguales a un determinado múltiplo de los pagos mensuales en concepto de prestaciones) o simplemente garantizar unos “flujos de efectivo sostenibles”.
- Es probable que difiera la reglamentación sobre las inversiones. Mientras que tal reglamentación y tales límites relativos a la inversión pueden ser, aparentemente, menos onerosos que en el caso de las prestaciones del Pilar II (por ejemplo, la inversión en determinadas clases de activos puede ser menos limitada), los fondos de reserva de la seguridad social pueden estar también más sujetos a una mayor influencia política en la inversión de fondos (véase más adelante). Puede requerirse asimismo que los fondos de reserva de la seguridad social se inviertan en determinados activos y pueden tener una inversión más directa en empresas privadas o públicas o en proyectos de infraestructura. En tales casos, el valor de la inversión (y los riesgos relacionados con el mismo), puede no ser fácilmente verificable, dando lugar a desafíos en la evaluación del valor y del riesgo del activo. Cuando las restricciones a las inversiones son menos onerosas que en el caso del otorgamiento de pensiones no públicas complementarias, esta mayor libertad de inversión, acompañada de unas restricciones de flujo de efectivo potencialmente más exigentes (debido a un requisito de flujo de efectivo más elevado como porcentaje de los activos mantenidos), deberán corresponderse con unas capacidades de gobernanza adecuadas que estén bien dotadas de recursos y que puedan gestionar unos acuerdos en materia de inversiones a menudo sofisticados y complejos, al tiempo que tienen en cuenta las obligaciones de la institución.
- Objetivos más amplios y restricciones externas. Aunque es frecuente que los fondos de reserva se establezcan para permitir que se flexibilicen los requisitos de financiación y anticipar futuros cambios demográficos, pueden considerarse como inversores estratégicos importantes por parte de los organismos externos. Esto puede tener como consecuencia la imposición de determinadas opciones de inversiones u objetivos complementarios (por ejemplo, aportar la financiación de algunos sectores o comprar deuda pública). Ante tales situaciones, la función de la inversión de instaurar unos procedimientos de gobernanza idóneos y de establecer unas respuestas adecuadas a esas situaciones, reviste particular importancia, de modo que se garantice que el fondo de reserva dé cumplimiento a sus obligaciones respecto de las personas cubiertas por la seguridad social.
- Los requisitos en materia de presentación de informes pueden diferir de los de los regímenes de pensiones no públicas complementarias. Aunque los requisitos pueden ser más onerosos para los planes complementarios, los fondos de reserva de la seguridad social tienen una responsabilidad pública y política que influirá en la calidad, el contenido y la frecuencia de la presentación de informes.