Tecnologías de la Información y de la Comunicación - Directriz 98. Evaluación permanente de las aplicaciones y los servicios de salud basados en las TIC
La dirección deberá establecer una política que garantice la obtención del consentimiento del paciente para acopiar, procesar o compartir información clínica. La política deberá cumplir con los requisitos de protección de los datos y de la confidencialidad médica y al mismo tiempo mantener el carácter práctico y flexible del sistema.
La evaluación permanente y sistemática deberá basarse en indicadores del rendimiento, para la cual se tendrá en cuenta la opinión del público y de las principales partes interesadas. El uso de un modelo estándar aumenta la capacidad de la institución de evaluar el rendimiento de las aplicaciones a lo largo del tiempo y de compararlo con el de instituciones de otros países que utilizan aplicaciones de salud basadas en las TIC similares.