Excelencia en la administración

  • Directrices de la AISS:
  • Buena Gobernanza

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Buena Gobernanza -
B.5. Aplicación del principio de prudencia en la administración de las inversiones

En las instituciones de seguridad social dotadas de un mandato para administrar la inversión de los fondos de reserva de los programas administrados, por intermedio de administradores de fondos internos o externos, el consejo de administración y la dirección tienen la obligación de garantizar que los fondos se inviertan conforme a normas prudenciales básicas, por ejemplo, de rentabilidad, seguridad, liquidez y diversificación.

La aplicación del principio de prudencia para la inversión de los fondos de seguridad social exige la consideración de muchas áreas. Las nueve directrices sobre este tema ofrecen orientación en relación con los siguientes aspectos a) las instituciones dotadas de un servicio de inversión interno, b) las instituciones que recurren a un administrador de fondos externo y c) las instituciones representadas en consejos de administración de empresas donde tienen importantes participaciones.

Las Directrices de la AISS sobre la Inversión de los Fondos de la Seguridad Social ofrecen orientación detallada sobre un proceso de gobernanza para las inversiones progresivo que comienza con el establecimiento de las diversas estructuras que intervienen en el proceso de inversión y con la definición de sus funciones y de la manera en que interactúan, prosigue con el establecimiento de procesos y salvaguardias, y culmina con la aplicación y el control de la política de inversión de la institución.