Buena Gobernanza - A.2. Transparencia
La difusión sin restricciones de información esencial sobre la institución de seguridad social no necesariamente es sinónimo de transparencia. Para ser transparente, dicha información, que es un derecho fundamental de las partes –los miembros y los beneficiarios– de la institución de seguridad social, deberá ser oportuna, fiable, pertinente, precisa y objetivamente comprobable.
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