Instituto del Seguro Social
Albania
Europa

Protección especial destinada a mujeres desempleadas / Cobertura con elementos de la seguridad social para mujeres desempleadas con hijos menores de edad a su cargo

Año de implementación
2023

A tenor de lo dispuesto en la Resolución núm. 751, del 1de diciembre de 2022, del Consejo de Ministros sobre la protección especial del Estado destinada a las mujeres desempleadas con tres o más hijos menores de 18 años, así como en la Directiva núm. 670, de 13 de diciembre de 2022, sobre el procedimiento para solicitar y beneficiarse del plan de protección especial del Estado para mujeres desempleadas con tres o más hijos menores de 18 años, el Gobierno de Albania, desde el 1 de enero de 2023, dota de una protección especial a las mujeres desempleadas que se encuentren en esta situación, siempre que uno de sus hijos sea menor de 5 años y que los ingresos familiares no superen los 100 000 leks albaneses (ALL) al mes. A tales efectos, se les asiste con el pago de las cotizaciones del seguro social y de enfermedad durante los primeros cinco años de vida del tercer hijo.

El organismo que presta asistencia social se encarga de elaborar una vez al mes la lista de mujeres beneficiarias de la protección especial, y el pago de las cotizaciones se realiza de conformidad con lo previsto en la Ley núm. 9136, de 11 de septiembre de 2003, relativa a la recaudación de las cotizaciones obligatorias al seguro social y de enfermedad en la República de Albania.

Topic:
Prestaciones familiares
Desempleo
Extensión de la cobertura
Grupos de difícil cobertura
Recaudación y cobranza de cotizaciones
Asistencia social
Desigualdades de género