COVID-19

Respuestas de la seguridad social a la COVID-19: el caso de Italia

COVID-19

Respuestas de la seguridad social a la COVID-19: el caso de Italia

Italia fue uno de los países más afectados por la COVID-19 durante el primer semestre de 2020. Además del confinamiento general que se impuso a partir del 10 de marzo, se adoptaron medidas de seguridad social de amplio alcance para atenuar las consecuencias sanitarias, sociales y económicas de la crisis del coronavirus.  En marzo y abril se adoptaron dos decretos iniciales (“Decreto Cura Italia” y "Decreto Liquidez") que contenían medidas de emergencia, y, en mayo, entró en vigor un decreto ("Decreto de Relanzamiento") para apoyar la recuperación económica.

El Instituto Nacional del Seguro de Accidentes de Trabajo (Istituto Nazionale per l’Assicurazione contro gli Infortuni sul Lavoro – INAIL) y el Instituto Nacional de Seguridad Social (Istituto Nazionale della Previdenza Sociale – INPS) demostraron una gran agilidad y flexibilidad a la hora de mantener la continuidad del suministro de prestaciones y servicios, y de aplicar las medidas recientemente adoptadas. Las inversiones realizadas antes de la crisis en medios digitales de prestación de servicios y el diseño innovador de nuevas herramientas facilitaron esta respuesta.

En el contexto de las dificultades económicas persistentes y de los esfuerzos para evitar una segunda ola, Italia se enfrenta al desafío de adaptar la cuantía y la generosidad de las prestaciones de seguridad social en una situación incierta y en rápida evolución.

Medidas de seguridad social

A partir de marzo, el sistema de seguridad social italiano se convirtió en uno de los principales instrumentos para responder al rápido deterioro de la situación. Se adoptaron medidas en todas las ramas de la seguridad social, en particular para respaldar la respuesta del sistema de salud, mantener el empleo y proteger a los grupos vulnerables en riesgo de pobreza. En concreto, se adoptaron las siguientes medidas:

Fortalecimiento del sistema de atención de salud: Se destinaron fondos adicionales al Servicio Nacional de Salud, se contrató personal sanitario y se construyeron nuevos recintos hospitalarios dedicados a tratar pacientes con COVID-19.

Recaudación de cotizaciones: El requisito de pago de cotizaciones a la seguridad social se suspendió de marzo a fines de mayo. El plazo de pago de estas cotizaciones se prolongó luego hasta mediados de septiembre. Si bien este plazo no se extendió por más tiempo, se concedió a los empleadores la posibilidad de pagar las cotizaciones pendientes en forma de cuotas.

Apoyo al empleo: Se ampliaron considerablemente las disposiciones existentes que ayudan a los empleadores a hacer frente a las dificultades económicas, en particular, los regímenes de garantía salarial, que proporcionan a los trabajadores una indemnización en caso de reducción temporal parcial o total del tiempo de trabajo. La primera medida de emergencia daba acceso a un máximo de nueve semanas de indemnización durante el período comprendido entre el 23 de febrero y el 31 de agosto. Teniendo en cuenta la persistencia de la crisis económica, en mayo se agregaron nueve semanas, de las cuales cuatro debían tomarse durante el período de septiembre a octubre.

Posteriormente, se eliminó este requisito y en las disposiciones adoptadas en agosto se estipularon 18 semanas adicionales de indemnización disponibles entre julio y fines de diciembre de 2020. Si bien las primeras nueve semanas de este período adicional no suponen ningún costo para el empleador, la prolongación del acceso está sujeta a  la participación del empleador en los costos.

El acceso a estas prestaciones de garantía salarial se facilitó mediante una modificación del mecanismo de pago. Si bien el INPS antes reembolsaba a los empleadores los salarios pagados a los trabajadores, ahora los empleadores pueden solicitar el pago directo de las prestaciones de garantía salarial a sus empleados. Para acelerar los pagos, se abonó una indemnización de hasta el 40 por ciento de la reducción del tiempo de trabajo autorizada en los 15 días posteriores a la fecha de solicitud y el resto tras la recepción de los datos necesarios enviados por los empleadores.

Estas medidas de apoyo al empleo por medio de regímenes de garantía salarial se completaron con el congelamiento de los procedimientos de despido colectivo e individual por una duración inicial de 60 días, que luego se extendió a cinco meses. Estas medidas también se aplicaron a los contratos de duración determinada y de empresas de trabajo temporal, que debieron prolongarse durante el período de suspensión del trabajo debido al confinamiento general.

Ayuda financiera para los trabajadores atípicos: A partir de marzo se abonó una cuantía única de 600 euros (EUR) a los trabajadores temporeros, a los independientes y a los colaboradores externos durante tres meses. Durante el mes de mayo, este importe se incrementó a 1 000 EUR para ciertas categorías de trabajadores. Además, los trabajadores con empleos atípicos que no cotizan al régimen nacional de seguridad social tuvieron acceso a prestaciones monetarias por enfermedad hasta fines de abril.

Refuerzo de los derechos de licencia y apoyo familiar: El apoyo a las familias fue prioritario durante la crisis e incluyó, en particular, el incremento de la licencia parental. Se concedió a los trabajadores asalariados e independientes cubiertos por el régimen nacional de seguridad social un derecho de licencia parental de hasta 15 días, que luego se extendió a 30 días. También se asignó una cantidad de fondos importante para ayudar a las personas con discapacidad y a las familias con familiares discapacitados, y se introdujeron bonos para acceder a los servicios de atención.

Reconocimiento de la COVID-19 como enfermedad profesional: La COVID-19 fue reconocida como enfermedad profesional en el caso de los médicos, las enfermeras y otros empleados del Servicio Nacional de Salud y de cualquier otro establecimiento de salud público o privado. Este reconocimiento podía concederse incluso en los casos en que era difícil determinar la causa precisa de la infección. Además, el INAIL adoptó una serie de iniciativas para prestar apoyo a los trabajadores de la salud, entre otras, el establecimiento de servicios de apoyo psicológico.

Medidas operativas y continuidad de los servicios de seguridad social

En el contexto del confinamiento general, el INAIL y el INPS tuvieron que adaptarse rápidamente para garantizar la continuidad de las operaciones, aplicar medidas de emergencia y contribuir a los esfuerzos nacionales para contener la propagación del virus. Los servicios electrónicos existentes y los nuevos redujeron la necesidad de contacto personal con los ciudadanos y facilitaron la puesta en marcha del teletrabajo obligatorio para la mayoría del personal. La voluntad de mantener la comunicación con el público y la difusión de información sobre la situación de emergencia por medios electrónicos mejorados y herramientas multimedia constituyeron un elemento esencial de la respuesta a la crisis. En concreto, entre las medidas adoptadas por las instituciones de seguridad social se encuentran las siguientes:

Teletrabajo y reorganización del entorno de trabajo: El establecimiento del acceso remoto al correo electrónico institucional para todo el personal, la distribución de computadoras portátiles y la creación de conexiones seguras facilitó el teletrabajo obligatorio. Las oficinas se reorganizaron para garantizar la salud y la seguridad de los trabajadores cuya presencia era indispensable.

Uso sistemático de servicios electrónicos: Los portales de servicios electrónicos y las cuentas personales ya existentes que facilitaban el envío de archivos electrónicos y la prestación de servicios fueron esenciales para mantener la continuidad de los servicios. El acceso a estos servicios en línea se extendió a toda la población y se simplificó mediante la flexibilización de los procedimientos de identificación.

Énfasis en la comunicación: Las instituciones de seguridad social realizaron esfuerzos importantes para comunicar con el público e informar a los ciudadanos sobre sus derechos en el contexto de la pandemia. Se introdujeron herramientas de preguntas frecuentes (FAQ) y chatbots destinados a proporcionar información a los usuarios de canales de servicios digitales. Se ampliaron los servicios telefónicos para informar a los usuarios que no utilizan dichos canales. Además, el INPS y el INAIL comunicaron por medio de diversas herramientas multimedia y redes sociales con el fin de respaldar la labor de contención de la propagación del virus realizada por las autoridades sanitarias. Se crearon videos informativos y tutoriales sencillos y detallados para ayudar al público a comprender las medidas de emergencia.

Flexibilidad administrativa y simplificación de los procedimientos: A fin de simplificar los procedimientos, reducir la necesidad de interactuar en persona y proporcionar prestaciones en el contexto del confinamiento general, se flexibilizaron varios procedimientos y requisitos administrativos, como la obligación de facilitar ciertos documentos para  justificar las solicitudes y la eliminación de los plazos para presentar dichas solicitudes.

Conclusiones

Italia fue uno de los primeros países europeos que tuvo que imponer un confinamiento general y adoptar medidas de emergencia para atenuar las consecuencias sanitarias, sociales y económicas de la crisis. El sistema de seguridad social italiano fue un pilar de la respuesta a la crisis, y las instituciones de seguridad social reaccionaron con rapidez y eficacia ante una situación sin precedentes.

Tras superar los peores momentos de la crisis, de marzo a mayo, Italia se enfrentó al reto de adaptar las medidas de seguridad social debido a las dificultades económicas persistentes, la necesidad de mantener restricciones y la gran incertidumbre con respecto a la futura propagación del coronavirus. Si bien algunas medidas de seguridad social se prolongaron, otras se suspendieron o se adaptaron a las realidades cada vez más diversas de los diferentes sectores económicos y grupos de población. En un contexto incierto, la seguridad social y la capacidad de las instituciones de seguridad social de reaccionar rápidamente siguen siendo activos esenciales.