Una ley de febrero de 1994, que entró en vigor en enero de 1995, creó un nuevo régimen obligatorio de indemnización de los prejuicios producto de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales. La administración de este régimen se confió a la Caja Nacional de Seguridad Social, mientras que anteriormente los empleadores debían asegurar este riesgo en las compañías de seguros privadas.
La ley define el "accidente del trabajo" y la "enfermedad profesional" y especifica las indemnizaciones así como sus beneficiarios.
Las víctimas de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales tienen en especial derecho a recibir los cuidados que necesite su estado de salud y a recibir una asignación diaria por pérdida de salario.
Esta ley no se aplica ni a los funcionarios ni a los trabajadores de empresas familiares, a menos que estos últimos formulen expresamente su deseo de que la ley se les aplique.
La ley crea además una tarjeta de accidentado del trabajo, "tarjeta de prioridad", así como un sistema de prevención de riesgos profesionales.
Esta ley establece sanciones, como por ejemplo una multa aplicable a todo empleador que infringiese la obligación de adherir a la Caja Nacional para cubrir el riesgo de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales, y abroga todas las medidas anteriores que le fuesen contrarias.
Referencia: Loi no 94-28 du 21 février 1994, portant régime de réparation des préjudices résultant des accidents du travail et des maladies professionnelles.
Fecha de legislación: 21.02.1994
Fecha de vigencia: 01.01.1995