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Establecimiento de un régimen obligatorio de seguro de enfermedad para los empleados públicos
País: Togo

El proyecto de ley fue presentado por el Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social en el Consejo de Ministros de 17 de diciembre de 2010 y aprobado por la Asamblea Nacional el 15 de febrero de 2011.

 

El régimen cubre a funcionarios civiles y militares, funcionarios de la administración local, funcionarios públicos jubilados, trabajadores eventuales de la administración pública y de otras instituciones públicas de carácter administrativo y sus derechohabientes, así como a miembros de las instituciones de la República durante el período de su mandato.

 

Los principios fundamentales son la equidad contributiva, la igualdad de acceso a las prestaciones y la colaboración interinstitucional.

 

El proyecto de decreto sobre las obligaciones del Instituto Nacional del Seguro de Enfermedad (Institut national d'assurance maladie (INAM)) de Togo fue examinado por el Consejo de Ministros el 2 de marzo de 2011 y aprobado el 9 de marzo de 2001. El INAM tiene competencia en la gestión del seguro de enfermedad.

 

La tasa global de cotización de los funcionarios en activo se calcula en porcentaje de la remuneración, se fija en un 7 por ciento y es aplicable de forma idéntica a toda remuneración percibida, independientemente de la categoría y el grado de los funcionarios en cuestión. La parte proporcional a cargo del Estado en calidad de empleador y de sus divisiones se fija en un 50 por ciento de la cantidad total de la cotización de cada funcionario en activo.

 

El reembolso de las intervenciones y de la atención médica será del 100 por ciento en el caso de la atención materno-infantil, y del 80 por ciento en los demás casos.

 

El régimen de seguro obligatorio cubrirá en sus inicios a aproximadamente 500.000 personas y protegerá solo a seis personas por hogar, los padres y cuatro hijos.

 

El objetivo es ampliar progresivamente la cobertura a los demás sectores.

Fecha de legislación: 02.2011

Date d'entrée en vigueur prévue: 02.2011

Categoría: Reforma importante
Rama: Enfermedad, Maternidad
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